Atribuciones
La Comisión de Carrera Policial, en coordinación con las áreas y dependencias correspondientes, serán las instancias encargadas de diseñar y emitir los lineamientos, así como supervisar la aplicación de los procedimientos del sistema de Carrera.
La comisión de Carrera contará, además de las mencionadas en la Ley, con las atribuciones siguientes:
- Coordinar y dirigir la Carrera Policial.
- Llevar a cabo la ejecución de todos los procesos de la Carrera establecidos en el Reglamento.
- Evaluar todos los procesos de la Carrera y determinar qué elementos de las Instituciones Policiales cumplen con los requisitos que se establecen para cada una de las etapas que constituyen la propia Carrera.
- Conocer de la relación de cadetes graduados y evaluar quienes de ellos resultan elegibles para el otorgamiento de estímulos, recompensas y condecoraciones de los integrantes de las Instituciones Policiales.
- Diseñar, ejecutar y supervisar los procedimientos y mecanismos para el otorgamiento de estímulos, recompensas y condecoraciones de las Instituciones Policiales.
- Definir, implantar y evaluar los perfiles de grado que conforman la escala jerárquica. Entendiendo como perfil de grado los requerimientos, habilidades y competencias necesarias para el ejercicio de cada nivel jerárquico.
- Diseñar conjuntamente con las áreas que correspondan las políticas y estrategias para la atracción y permanencia de los integrantes de las Instituciones Policiales, tanto en materia salarial y prestaciones como de desarrollo social y personal.
- Establecer los criterios para la reubicación de los integrantes, de acuerdo a las necesidades de las Instituciones Policiales.
- Realizar los ajustes necesarios a los diversos procedimientos que conforman la Carrera, emitiendo el acuerdo correspondiente.
- Diseñar, aplicar y calificar los exámenes de conocimiento y habilidades para evaluar la permanencia, el desempeño y la promoción que corresponda, pudiendo solicitar la opinión, y en su caso participación, de las instituciones de educación superior en el Estado.
- Diseñar planes de contingencia ante resultados de evaluaciones que resulten atípicas o que se aparten de la curva de resultados esperados. En casos graves y comprobables, podrá declarar la nulidad de la aplicación de pruebas y exámenes, y en su caso ordenar su reposición.
- Conocer, resolver y emitir las constancias de otorgamiento de grados dentro de la escala jerárquica.
- Diseñar, ejecutar y supervisar los procedimientos para la promoción y ascenso de los integrantes de las Instituciones Policiales.
- Participar, en conjunto con las áreas y dependencias correspondientes, en el procedimiento de conclusión de la Carrera, y
- Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas aplicables.